lunes, 26 de septiembre de 2011

LOS CENTROS DE CULTO DE LAS MINORÍAS Y LA LIBERTAD RELIGIOSA

Madrid,24/09/2011,islamedia.


Comunicado de prensa:

Dentro del marco constitucional español y de la ley de libertad religiosa no debería existir traba alguna para el libre ejercicio del culto y por tanto para la instalación y apertura de los templos que necesitare cualquier comunidad religiosa sin importar cuál fuese su confesión.

Pero la realidad fáctica es bien diferente y continúa existiendo un gran número de impedimentos para la apertura de nuevos centros de culto, si estos no son católicos. Bien sea por temores vecinales, o por oportunidad electoralista, o por convicciones personales de los cargos políticos responsables, la realidad es que una comunidad religiosa, sobre todo si es musulmana, no puede abrir su templo donde quiera y como quiera.

Los cargos políticos municipales primero utilizaban el silencio administrativo, dejando correr los plazos, despreciando las peticiones para la apertura de templos, para luego pasar a desgranar excusas con apariencia de legalidad para intentar justificar su arbitrariedad injusta e incumplimiento de la ley; y últimamente, para asegurar su postura, instar a cambios legislativos que les dejen una puerta abierta a la arbitrariedad.

Entendemos que la exigencia de licencia de apertura para los centros de culto sin resolución alguna, o la no concesión de licencia de apertura tras su exigencia, vulneran la misma ley de libertad religiosa, sea cual sea el número de fieles, el arraigo, o cualquiera otra circunstancia.

En teoría, cualquier comunidad religiosa debería poder abrir al público un local para realizar actos de culto colectivo; pero en la realidad puede resultar casi imposible por factores sociopolíticos ajenos a los orantes.

Si las comunidades religiosas islámicas, como también algunas evangélicas y otras confesiones minoritarias, deben realizar el culto en la clandestinidad forzada, incluso por una norma que favorezca el libre arbitrio de los cargos públicos, y se entorpezca o imposibilite así el ejercicio de derechos fundamentales de los ciudadanos protegidos teóricamente por la constitución y leyes fundamentales, solo se favorecerá la proliferación de locales inadecuados con uso cultual y el desapego de los votantes, en lugar de una adaptación a los tiempos actuales de múltiples convicciones de todo tipo con una integración de todos los elementos humanos a la sociedad sin exclusiones y sin fracturas sociales.

En Madrid a 23/09/2011.
Unión de Comunidades Islámicas de España

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